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Atribuciones
del Congreso Nacional
La
Constitución Política del Estado asigna al Congreso Nacional
atribuciones generales y específicas que han sido clasificadas
de la siguiente manera para facilitar la lectura y comprensión
del usuario:
Atribuciones generales del Congreso
Nacional
Legislativa:
- Dictar leyes, abrogarlas
(derogarlas totalmente), derogarlas (derogarlas parcialmente), modificarlas
e interpretarlas.
Fiscalizadora:
- Ejercer, a través
de las Comisiones de ambas Cámaras, la facultad de fiscalización
sobre las entidades autónomas, autárquicas, semiautárquicas
y sociedades de economía mixta.
Asuntos
Internacionales:
- Aprobar los tratados,
concordatos y convenios internacionales; ejercitar influencia diplomática
sobre actos no consumados o compromisos internacionales del Poder Ejecutivo.
Judiciales:
- Decretar amnistía
por delitos políticos y conceder indulto, previo informe de la
Corte Suprema de Justicia.
- Nombrar en Sesión
de Congreso a los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, a los magistrados
del Tribunal Constitucional, a los Consejeros de la Judicatura, al Fiscal
General de la República y al Defensor del Pueblo, por dos tercios
de votos de sus miembros.
- Designar representantes
antes las Cortes Electorales.
Económico
- Financieras:
- Autorizar y aprobar
la contratación de empréstitos que comprometan las rentas
generales del Estado, así como los contratos relativos a la explotación
de las riquezas nacionales.
- Autorizar a las
Universidades la contratación de empréstitos.
- Conceder subvenciones
o garantías de interés para la realización e incremento
de obras públicas y de necesidad social.
- Autorizar la enajenación
de bienes nacionales, departamentales, municipales, universitarios y
de todos los que sean de dominio público.
- Autorizar al Ejecutivo
la adquisición de bienes inmuebles.
- Establecer el sistema
monetario y el de pesas y medidas.
- Administrativas:
Crear nuevos departamentos, provincias, secciones de provincias y cantones,
así como fijar sus límites, habilitar puertos mayores
y establecer aduanas.
Militares:
Atribuciones ejercidas a iniciativa
del Poder Ejecutivo:
- Imponer contribuciones
de cualquier clase o naturaleza, suprimir las existentes y determinar
su carácter nacional, departamental o universitario, así
como decretar los gastos fiscales.
- Crear o suprimir
empleos públicos, señalar sus atribuciones y fijar sus
emolumentos (salarios). El Poder Legislativo podrá aprobar, rechazar
o disminuir los servicios, empleos o emolumentos propuestos, pero no
podrá aumentarlos salvo los que correspondan al Congreso Nacional.
- Fijar para cada
gestión financiera, los gastos de la Administración Pública,
previa presentación del Proyecto de Presupuesto por el Poder
Ejecutivo
- Aprobar anualmente
la cuenta de gastos e inversiones que debe presentar el Ejecutivo en
la primera sesión de la Legislatura.
- Considerar planes
de desarrollo que el Poder Ejecutivo pase a su conocimiento. Estos planes
se presentan cuando sobrepasan los presupuestos ordinarios en materia
o en tiempo de gestión.
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Atribuciones ejercidas en Congreso
Pleno:
Inauguración
y clausura:
- Inaugurar o clausurar
sus sesiones.
- En su primera sesión
ordinaria, el Congreso debe recibir el mensaje escrito del Presidente
de la República acerca del curso y estado de los negocios de
la administración durante el año, acompañando las
memorias ministeriales.
Con
relación al Ejecutivo:
- Verificar el escrutinio
de las actas de elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República
o designarlos cuando no hubieran reunido la mayoría absoluta
de votos, conforme a las disposiciones de la Constitución.
- Recibir el Juramento
del Presidente y Vicepresidente de la República.
- Admitir o negar
la renuncia del Presidente y Vicepresidente de la República.
- Autorizar al Presidente
para ausentarse del territorio nacional.
Legislativas:
- Considerar las
Leyes vetadas por el Ejecutivo
- Considerar los
Proyectos de Ley, que aprobados en la Cámara de Origen, no lo
fueren por la Cámara Revisora.
Relaciones
Exteriores:
- Aprobar tratados,
concordatos y convenios internacionales
- Ejercitar influencia
diplomática sobre actos no consumados o compromisos internacionales
del Poder Ejecutivo.
Económico-Financiera:
- Aprobar anualmente
la cuenta de gastos e inversiones que debe presentar el Ejecutivo en
la primera sesión de la Legislatura.
Militares:
- Resolver la declaratoria
de guerra a petición del Ejecutivo
- Determinar el número
de efectivos de las Fuerzas Armadas de la Nación.
Contienda
competencia:
- Dirimir, por dos
tercios de voto de la totalidad de sus miembros, las competencias que
el Ejecutivo o la Corte Suprema susciten entre los expresados Poderes
y la Corte Nacional Electoral.
Estados
de Excepción:
- Autorizar, en los
casos previstos por la Constitución, la declaratoria de Estado
de Sitio.
Juicios
de Responsabilidad:
- Conocer como sumariante
(acusador) y conforme a la ley, las demandas de responsabilidad contra
el Presidente o Vicepresidente de la República, Ministros de
Estado, Prefectos de Departamento por delitos cometidos en el ejercicio
de sus funciones. Resuelve esta acusación la Corte Suprema.
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