La Comisión de Congreso

Cumplidas las 90 ó 120 sesiones legislativas, las Cámaras ingresan en receso, simultáneamente entra en funcionamiento la Comisión de Congreso, integrada por el Presidente del Congreso Nacional, los Presidentes Electivos de cada Cámara, nueve Senadores y dieciocho Diputados elegidos por sus respectivas Cámaras.

Directiva
La Comisión de Congreso funciona bajo el mando de una Directiva, la preside el Presidente Nato del Congreso y los Presidentes Electivos de ambas Cámaras ejercen funciones de Primer y Segundo Vicepresidente. 2 Senadores y 2 Diputados asumen la responsabilidad de Secretarios, en ambos casos estos son elegidos por los representantes de sus Cámaras en la Comisión.

Atribuciones específicas de la Comisión de Congreso

  • Velar por la observancia de la Constitución y el respeto a las garantías ciudadanas y acordar para estos fines las medidas que sean procedentes.
  • Elaborar Proyectos de Ley para su consideración en las Cámaras.
  • Ejercer funciones de investigación y supervigilancia general de la administración pública, dirigiendo al Poder Ejecutivo las representaciones que sean pertinentes.
  • Pedir al Ejecutivo, por dos tercios de votos del total de sus miembros, la convocatoria a sesiones extraordinarias del Congreso cuando así lo exija la importancia y urgencia de algún asunto.
  • Informar sobre todos los asuntos que queden sin resolución a fin de que sigan tramitándose en el período de sesiones.

Por mandato constitucional, esta Comisión deberá dar cuenta de sus actos ante las Cámaras en las primeras sesiones ordinarias.

Las Sub-comisiones
La Comisión de Congreso, para desarrollar su trabajo, organiza 7 Sub-comisiones integradas por un Senador y dos Diputados, elegidos por mayoría absoluta de votos de los asistentes. Las Sub-comisiones que entran en funcionamiento durante el receso congresal son las siguientes:

1. Constitución, Gobierno, Justicia y Régimen Comunal
2. Asuntos Internacionales y Defensa Nacional
3. Hacienda, Presupuesto y Entidades Autárquicas
4. Economía, Agricultura, Minas y Petróleo
5. Asuntos Sociales, Salubridad y Asuntos Campesinos
6. Educación y Cultura
7. Obras Públicas, Comunicaciones y Transportes

De igual manera, siempre que así se requiera y para fines específicos, podrán ser nombradas Sub- comisiones Especiales.