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La
Comisión de Congreso
Cumplidas las 90 ó
120 sesiones legislativas, las Cámaras ingresan en receso, simultáneamente
entra en funcionamiento la Comisión de Congreso, integrada por
el Presidente del Congreso Nacional, los Presidentes Electivos de cada
Cámara, nueve Senadores y dieciocho Diputados elegidos por sus
respectivas Cámaras.
Directiva
La Comisión de Congreso funciona bajo el mando de una Directiva,
la preside el Presidente Nato del Congreso y los Presidentes Electivos
de ambas Cámaras ejercen funciones de Primer y Segundo Vicepresidente.
2 Senadores y 2 Diputados asumen la responsabilidad de Secretarios, en
ambos casos estos son elegidos por los representantes de sus Cámaras
en la Comisión.
Atribuciones
específicas de la Comisión de Congreso
- Velar por la observancia
de la Constitución y el respeto a las garantías ciudadanas
y acordar para estos fines las medidas que sean procedentes.
- Elaborar Proyectos
de Ley para su consideración en las Cámaras.
- Ejercer funciones
de investigación y supervigilancia general de la administración
pública, dirigiendo al Poder Ejecutivo las representaciones que
sean pertinentes.
- Pedir al Ejecutivo,
por dos tercios de votos del total de sus miembros, la convocatoria
a sesiones extraordinarias del Congreso cuando así lo exija la
importancia y urgencia de algún asunto.
- Informar sobre
todos los asuntos que queden sin resolución a fin de que sigan
tramitándose en el período de sesiones.
Por
mandato constitucional, esta Comisión deberá dar cuenta
de sus actos ante las Cámaras en las primeras sesiones ordinarias.
Las
Sub-comisiones
La Comisión de Congreso, para desarrollar su trabajo, organiza
7 Sub-comisiones integradas por un Senador y dos Diputados, elegidos por
mayoría absoluta de votos de los asistentes. Las Sub-comisiones
que entran en funcionamiento durante el receso congresal son las siguientes:
1. Constitución,
Gobierno, Justicia y Régimen Comunal
2. Asuntos Internacionales y Defensa Nacional
3. Hacienda, Presupuesto y Entidades Autárquicas
4. Economía, Agricultura, Minas y Petróleo
5. Asuntos Sociales, Salubridad y Asuntos Campesinos
6. Educación y Cultura
7. Obras Públicas, Comunicaciones y Transportes
De
igual manera, siempre que así se requiera y para fines específicos,
podrán ser nombradas Sub- comisiones Especiales.
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