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1er. CONGRESO EXTRAORDINARIO SEGUNDA SESION 9 DE JUNIO DE 1999
PRESIDENTES: H. Wálter Guiteras Dennis H. Hormando Vaca Diez Vaca Diez
SECRETARIOS: H. Edgar Lazo Loayza H. Guido Roca Villavicencio
Se instala la sesión a horas 18:15, con la asistencia de los siguientes HH. Senadores y Diputados: Aguilar Jordán Huáscar, José María Bellot, Castillo León Mirtha, Cortéz Gumucio María Beatriz, Escalante Arzadum Elba, García Suárez Carlos, Guiteras Dennis Wálter, Lazo Loayza Edgar, Lema Patiño Raúl, Lora Espada Wilson Antonio, Morales Bravo Víctor, Pantoja Enríquez Lourdes, Paz Zamora Marco, Rivero Terán Jenny, Rosas Guzmán Armando, Sánchez Aguilar José, Soriano Lea Plaza Wálter, Teodovich Ortiz Freddy, Tineo Fernández Ana María, Toro Tejada Enrique, Valda Cárdenas Gonzalo y Venegas Iporre Reynaldo.
Diputados: Por el Departamento de Chuquisaca: Aguirre Villafán Gonzalo, Antoraz Chalup Miguel, Carvajal Padilla Juan Felipe, Rodríguez Calvo M. Fernando, Sensato Zárate Jorge Alberto, Torre Ramírez Moisés, Quaglini Rentaría Aldo, Barriga de Yánez Rosario y Gonzales Ramos José F.
La Paz: Barragan Arce Carlos Alberto, Bedregal Gutiérrez Guillermo, Caza Arévalo Jorge D., Crespo Gabarra David, Cruz Mabel, Chambi Ramos Carlos, Fernández Argandoña Ramiro, González López Jaime, Del Granado Cossio Juan, Huanca Coloque Juan, Hurtado Castellón Facundo, Lorini Sáenz Jorge Eduardo, Loza Alvarado Claudio, Llerena Gámez Luis, Magne Saire Miguel, Miguel Harb Benjamín, Nouguer de Quintela Miriam E., Palenque Yanguas Verónica, Paredes Muñoz José Luis, Ruiz Paz Gonzalo, Santalla Tórrez Daniel, Solíz Rada Andrés, Tapia Valencia Toribio, Torres Obleas Jorge, Vásquez de Prado Ma. Rosario, Vasque Tapia Edgardo y Zúñiga De Siles Eliza.
Departamento de Cochabamba: Cartagena Terceros Marco A., De la Parra Soria Armando, Fernandez Orosco Roberto, Guzmán Villarroel Néstor, Luján Cruz Eloy, Marinkovic Uzqueda Tonchy, Morales Aima Evo Juan, Rivero Valda Franz, Sánchez Veizaga Félix, Ugarte de Bilbao Olimpia.
Departamento de Santa Cruz: Añez Campos Víctor Hugo, Banegas Espinoza Anita, Barba Antelo Almeida, Blanco Pacheco Offman, Chávez Terán Carlos E. Chávez Terán Carlos E., Landívar Roca L. Roberto, Landívar Roca Jorge, Mayser Ardaya Luis, Melgar Mustafá Jalil N., Sandóval Morón Edil, Soruco de Salvatierra Norah, Subirana Suárez Carlos A., Roca Gil Vicente, Rosado Pérez Gerardo.
Departamento de Potosí: Arce Díaz Wálter, Cueto Acebedo Edgar, Gómez Bustillos Justo Raúl, Plata Chalar Jhonny D., Sanabria Toboada Luis, Sánchez Mamani Felíx.
Departamento de Oruro: Araoz Velasco Raúl, Aviles Durán Eduardo, Ojeda Calluni Elvis, Perez Goméz Freddy, Quinteros Soruco Víctor J., Roque Humérez Magin, Rubín de Celis Rojas Pedro, Salas Moya Oscar, Untoja Ch. Fernando.
Departamento de Tarija: Barrientos de Ugarte J. Gonzalo, Carvajal Donoso Hugo, Olivia De Bocotich Cristina, Romero Sagredo Jesús, Vaca Gutiérrez Francisco, Vega Salinas Never Herberto.
Departamento del Beni: Bruckner Añez Evaldo, Dellien Salazar Hans, Guiteras Denis Edmundo, Ribera Bruckner Jorge, Ribera Arteaga Millán, Roca Villavicencio Guido.
Departamento de Pando: Añez Ferreyra Adolfo, Balcazar Edgar, Flores Calpiñeiro Emigdio.
ORDEN DEL DÍA 1. Correspondencia
2. Autorización de viaje del Excmo. señor Presidente Constitucional de la República, Gral Hugo Banzer Suárez, a la República del Paraguay, para asistir de la XVI Cumbre del MERCOSUR. | |||
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realizar obras sin contar para ello con suficientes estudios geotécnicos y menos hidráulicos, situación que fue observada por la Sociedad de Ingenieros de Cochabamba desde el año 1994, situación que se vio agravada por la mala calidad de los materiales de construcción como el cemento asfáltico oxidado que determinaron que dicha carretera hoy por hoy se encuentre en la mayoría de los tramos completamente deteriorada y en otros casos destruida.
Apartándose del contrato que preveía un incremento máximo del 20%, de acuerdo a lo establecido por el Código Civil en vigencia, mediante órdenes de cambio, avaladas por el Servicio Nacional de Caminos y en base a toda la documentación elaborada por el Consultor, Supervisor y el Servicio Nacional de Caminos, el Estado boliviano ha llegado a cancelar a los ejecutores de la obra, la suma de:
Contratista $us. 86.481.579.00.- Más 50.9% del precio original Supervisor $us. 13.781.477.00.- Más 158% del precio original. Cemento Asfáltico $us. 10.575.236.00.- Más 103% del precio original TOTAL $us.110.838.292.00.-
Monto totalmente inadecuado y excesivo para los resultados de una obra que debería permitir al pueblo boliviano contar con una carretera estratégica para el desarrollo y la vinculación de los centros de producción de oriente y occidente.
En fecha 9 de abril de 1996 y luego de una inspección oficial en la que participaron la sociedad de ingenieros de Cochabamba, Parlamentarios, Confederación de Transportistas y otras instituciones, por instrucción del Presidente de la República, Lic. Gonzalo Sánchez de Lozada, se celebró un informe técnico sobre el trabajo de dichas empresas y se determino rechazar la recepción provisional al haberse encontrado más de quinientas fallas.
En fecha 6 de julio de 1996, pese a la oposición reiterada de la Sociedad de Ingenieros, entidades cívicas y pueblo cochabambino en general, el Director Ejecutivo a.i. del Servicio Nacional de Caminos recepcionó provisionalmente el trabajo de rehabilitación de dicho tramo carretero sin que la Empresa Andrade Gutiérrez e Hidro Service CONAL hubieran subsanado las observaciones presentadas el mes de abril y en la fecha antes mencionada, 6 de julio de 1996.
Esta aceptación fue de pleno conocimientos de las autoridades departamentales y nacionales, no así de las instituciones cívicas, sociedad de Ingenieros ni de la Confederación de Transportistas.
En fecha 28 de octubre de 1996 nuevamente la Sociedad de Ingenieros de Cochabamba advirtió de las serias fallas, deficiencias, vicios ocultos y de una obra inconclusa al no haber asfaltado el tramo veintisiete kilómetros, el Silar, en previsión de la posible recepción definitiva de esta obra, la misma que no fue atendida por las autoridades del gobierno, principalmente del Servicio Nacional de Caminos.
Esta es una prueba del incumplimiento de contrato firmado con la Empresa Andrade Gutiérrez e Hidro Service CONAL. En fecha 6 de noviembre de 1996, en las oficinas del Servicio de Caminos y Villa Tunari, las autoridades y funcionarios del Servicio Nacional de Caminos, a la cabeza del Ing. Juan Carlos Gotrett Arce, Ejecutivos de las empresas Andrade Gutiérrez e Hidro Service CONAL, procedieron a la entrega y consiguiente recepción definitiva de la obra, consolidándose de esta manera la estafa del Siglo al pueblo boliviano, creando con este hecho no solo conflictos de orden social y de gran dimensión económica por cuanto el pueblo boliviano perdió más de 110 millones de dólares.
No podemos dejar de mencionar que existen grandes daños y perjuicios así como lucro cesante de varios sectores de la población, por ejemplo del sector agroindustrial de Santa Cruz y Cochabamba, debido a las constantes interrupciones y cierre de la carretera, que hoy en día se reflejan por la negligencia de las autoridades de gobierno, Servicio Nacional de Caminos y funcionarios de la prefectura, y otros que se traducen en la pérdida de varios millones de dólares, con el agravante de que también se produjeron pérdidas millonarias en el caso de la Confederación de Choferes de Bolivia.
Con esta situación el país ha perdido la opción de formar parte de los corredores bioceánicos, dentro de la visión estratégica de desarrollo al país, para crear mejores condiciones y calidad de vida de los bolivianos.
De acuerdo a procedimiento, se solicitó a la Policía Técnica Judicial investigue el caso de la Carretera de la Estafa, en estricta aplicación a los Art. 112º y 113º del Código de Procedimiento Penal, Art. 14º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Art. 55º de la Ley de Organización Judicial, habiendo culminado dicha investigación con un requerimiento que instruye se instaure un proceso penal contra las siguientes personas: | |||||
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Willy Vargas Vacaflor, Carlos Aponte Burela, Fernando Illanes de la Riva, Fernando Alvaro Cossio, Jaime Villalobos Sanjinéz, por la comisión de los delitos insertos en los siguientes Artículos del Código Penal: 142º Peculado, 143º Peculado Culposo,144º Malversación, 154º Incumplimiento de Deberes, 224º Conducta Antieconómica y 358º Daño Calificado.
Contra los ex directores del Servicio Nacional de Caminos, con jurisdicción en todo el territorio de la República, Ricardo Flores, Mario Antezana Antezana, Edwin Moreno Añez, José Vásquez Blacut, María del Carmen Ballivian de Arce, Juan Carlos Gotrett Arce, Roberto Reyes Ferreyra por la comisión de los delitos insertos en los siguientes artículos del Código Penal: 221º Contratos Lesivos al Estado, 142º Peculado, 143º Peculado Culposo, 144º Malversación, 155º Incumplimiento de Deberes Y 224º Conducta Antieconómica; 213º Atentado contra la Seguridad de los Transportes, 214º Atentado Contra la Seguridad de los Servicios Públicos, 358º Daño Calificado.
Contra los responsables de la fiscalización por parte del Servicio Nacional de Caminos: Mariano Zuleta, Eduardo Paz, René Ochoa Espinoza, Ronald Barrientos Pórcel, Jorge Baldiviezo, Jaime Sivila Chumacero, Julio Guzmán, Rubén Enríquez Pacheco, Humberto Camacho Rojas y Natividad Avilés A.; por la comisión de los delitos insertos en los siguientes artículos del Código Penal: 142º Peculado, 143º Peculado Culposo, 144º Malversación, 154º Incumplimiento de Deberes y 224º Conducta Antieconómica; 213º Atentado contra la Seguridad de los Transportes, 214º Atentado Contra la Seguridad de los Servicios Públicos, 171º Encubrimiento Y 358º Daño Calificado.
Contra los personeros legales y representantes en Bolivia de las empresas Andrade Gutiérrez, Luis Carlos Persegoni Hidro Service CONAL, Señor Joaquín Rafael Colacio, por la comisión de los delitos insertos en los siguientes Arts. del Código Penal: 213º Atentado contra la Seguridad de los Transportes, 214º Atentado contra la Seguridad de los Servicios Públicos, 358º Daño Calificado.
Contra el representante de la empresa COMPAC, señor Alfonso Saavedra Bruno por la comisión de los delitos insertos en los siguientes Art. del Código Penal: 213º Atentado Contra la Seguridad de los Transportes, 214º Atentado Contra la Seguridad de los Servicios Públicos, y 358º Daño Calificado; Art. 132º Asociación Delictuosa, y 229º Asociaciones o Sociedades Ficticias.
Por lo brevemente expuesto y estando los hechos relacionados incluso en la tipificación de los incisos II, III, IV y IV del Art. 17º del la Ley del 31 de octubre de 1884, de conformidad con lo establecido en los Arts. 1º y 2º de dicha Ley, formulamos proposición acusadora ante la H. Cámara de Diputados de la Nación para que habrán causa, investigue, esclarezca y sancione las conductas ya referidas que involucran a los siguientes ex ministros de Estado: Señor Willy Vargas Vacaflor, Señor Carlos Aponte Burela, Señor Fernando Illanes de la Riva, Señor Fernando Alvaro Cossio, Señor Jaime Villalobos Sanjinéz, todos ellos mayores de edad, hábiles por derecho, casados, con domicilio en la ciudad de La Paz, excepto el señor Fernando Illanes de la Riva que reside en los Estados Unidos de Norteamérica.
Otrosí.- Presentamos en calidad de prueba preconstituída 31 cuerpos, prueba documental de cargo que pedimos sea debidamente evaluada y considerada para efectos de ley.
Otrosí Primero.- Se disponga la lectura en Sala de la presente proposición acusadora, en sesión pública y se ordene su impresión y distribución como establece el Art. segundo de la Ley del 31 de octubre de 1884; tanto el pleno de la Cámara como los señores ex-ministros de Estado y sea por corresponder en derecho.
Otrosí Segundo.- Se remite el expediente a la Comisión de Policía Judicial, Art. 5º de la Ley del 31 de octubre de 1884 en concordancia con el Art. 107º de la Constitución Política del Estado, de 2 de febrero de 1967, conforme a lo dispuesto en el Art.4º, disposiciones transitorias de la Constitución Política del Estado, de 12 de agosto de 1994, y de acuerdo al Art. 107º con arreglo a la atribución 5a. del Art.118º de la Constitución Política del Estado, de 12 de agosto de 1994, y sea previa las formalidades de Ley.
Otrosí Tercero.- Señalamos domicilio la secretaría de vuestro despacho.
Será justicia.
La Paz, 24 de mayo de 1999. María Teresa Montaño, Abogada; Roberto Fernández Orozco, Diputado Uninominal, Gonzalo Maldonado R., Secretario del Comite Medio Ambiente H. Cámara de Diputados.
H. PRESIDENTE.- Remítase a la Comisión Mixta de Constitución y Justicia.
H. SECRETARIO.- | |||||
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El Honorable Congreso Nacional,
Resuelve:
De conformidad a lo previsto por el Art. 95º de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Excmo. señor Presidente Constitucional de la República, Don Hugo Banzer Suárez, ausentarse del país del 14 al 16 del presente mes, para asistir a la XVI Cumbre del MERCOSUR, a realizarse en Asunción del Paraguay.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 9 de junio de 1999.
H. PRESIDENTE.- Se vota. Los Senadores y Diputados que estén de acuerdo en aprobar el Proyecto de Resolución, que ha dado lectura el Senador Secretario, sírvanse levantar la mano.
H. SECRETARIO.- Mayoría, señor Presidente.
H. PRESIDENTE.- Aprobado. Agradecemos la presencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, don Fernando Messmer por su presencia en el Congreso de la República.
No habiendo otro punto en la agenda del Orden del Día de la 24º sesión extraordinaria del Congreso, los señores diputados de la República, continúan con su sesión ordinaria en su Hemiciclo.
Los Senadores de la República nos trasladamos al Hemiciclo de la Cámara de Senadores, para continuar con el tratamiento de los temas que corresponden al Senado.
Muchas Gracias, queda suspendida la Sesión a Hrs. 18:50. | |||||